Luisa tiene 27 años, es colombiana y vive en Palma con su autorización de residencia y trabajo. Desde hace dos años trabaja como recepcionista en un hotel de la ciudad. Esta semana le ha llegado la oferta que esperaba: un puesto mejor en una cadena hotelera de Madrid. Solo hay un problema: tiene que incorporarse en ocho días. (Los datos del caso son ilustrativos.)
Si estás pensando en dimitir en España porque te ha salido algo mejor, seguramente tienes las mismas dudas que Luisa: con cuánto tiempo tienes que avisar, qué pasa si no avisas, si cobrarás el finiquito y qué ocurre con el paro. En este artículo te lo explicamos paso a paso. Si prefieres que revisen tu caso antes de dar el paso, puedes escribir a Fernanda Vargas por WhatsApp o reservar una cita en su Calendly.
«Si te vas sin avisar, no te pago nada»: la oferta de Luisa
Luisa lo tiene claro: quiere aceptar el puesto en Madrid. Revisa el convenio de hostelería que le aplica y ve que, para su categoría, exige 15 días de preaviso. Ella solo puede dar ocho.
Con cierta inquietud, se lo cuenta a su jefe. La respuesta no la tranquiliza: «Si te vas sin avisar con tiempo, no te pago nada, ni finiquito ni vacaciones». Luisa tiene además 10 días de vacaciones pendientes que no ha podido disfrutar.
Y hay una tercera duda que le quita el sueño. En el nuevo trabajo tendrá un periodo de prueba. Si no lo supera, ¿podrá cobrar el paro?
Son tres preguntas muy habituales, y la amenaza del jefe de Luisa también lo es. Vamos a verlas una a una. La buena noticia, adelantamos, es que esa amenaza no se sostiene tal y como está planteada.
Dimitir es un derecho: no necesitas permiso ni justificación
Lo primero que Luisa debe saber es que no necesita que el hotel le dé permiso para irse. Dimitir, es decir, poner fin al contrato de trabajo por tu propia voluntad, es un derecho de la persona trabajadora.
El Estatuto de los Trabajadores lo recoge en su artículo 49.1.d, que incluye entre las causas de extinción del contrato la siguiente:
«Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar.»
Dicho con palabras sencillas: puedes irte cuando quieras, pero tienes que avisar con la antelación que fije tu convenio o, si el convenio no dice nada, la que sea costumbre en tu zona y tu sector.
La dimisión es lo que los juristas llaman un acto unilateral: depende solo de ti. No tienes que explicar por qué te vas ni esperar a que la empresa la acepte. Si el jefe de Luisa le dijera «no te acepto la dimisión», eso no cambiaría nada: Luisa puede irse igualmente.
Eso sí, la dimisión debe ser clara e inequívoca. Es decir, no puede haber dudas de que quieres irte y de cuándo. Un comentario en un momento de enfado o un mensaje ambiguo pueden dar problemas. Por eso lo más seguro es comunicarla por escrito, con la fecha en que quieres que tenga efectos, y guardar una copia firmada o sellada por la empresa.
El preaviso: cuánto, cómo y dónde mirarlo
El preaviso es el tiempo con el que tienes que avisar a la empresa antes de irte. Sirve para que pueda organizarse y buscar a alguien que te sustituya.
Aquí está una de las ideas más importantes del artículo: el Estatuto de los Trabajadores no fija un preaviso general para todo el mundo. Es frecuente oír que «hay que avisar con 15 días», pero la ley no lo dice así. Remite al convenio colectivo que te aplique o, si este no lo regula, a la costumbre del lugar.
Por eso, el primer paso siempre es mirar tu convenio. Muchos convenios fijan plazos distintos según la categoría profesional: no es lo mismo, por ejemplo, un puesto de dirección que uno de base. En el caso de Luisa, su convenio exige 15 días para su categoría. Otra persona, con otro convenio u otro puesto, puede tener un plazo diferente.
Algunas pistas para encontrar tu preaviso:
- Mira tu contrato y tus nóminas: suelen indicar el convenio colectivo que se te aplica.
- Busca en ese convenio el apartado sobre ceses voluntarios, dimisión o preaviso.
- Comprueba qué plazo corresponde a tu categoría profesional, no solo el plazo general.
- Si tienes dudas, pide a la empresa o a la representación de los trabajadores que te indiquen el convenio y el artículo concreto.
En cuanto al cómo, comunícalo por escrito. Una carta firmada, entregada en mano con copia que la empresa te firme como recibida, o enviada por un medio que deje constancia de la fecha y del contenido. Así nadie podrá discutir después cuándo avisaste.
Qué pasa si no avisas con tiempo
Luisa no puede cumplir los 15 días. ¿Qué consecuencias tiene?
Lo que no puede pasar es que la dimisión deje de valer. Luisa puede irse en ocho días aunque su convenio pida quince. El contrato se extingue igualmente.
La consecuencia habitual es económica. Muchos convenios permiten que la empresa descuente de la liquidación el salario de los días de preaviso que no se han respetado. En el caso de Luisa, si su convenio lo prevé, el hotel podría descontarle los días que faltan hasta completar los 15 días de preaviso.
Por eso es tan importante leer bien el convenio: lo que puede descontarte la empresa, y en qué condiciones, depende de lo que diga. Si tu convenio no prevé ese descuento, la situación es distinta, y conviene que revises tu caso concreto antes de firmar nada.
Lo que la empresa no puede hacer es lo que amenaza el jefe de Luisa: quedarse con todo el finiquito y las vacaciones como castigo por no haber avisado a tiempo. El descuento, si procede, se limita a los días de preaviso no respetados. El resto de lo que te deben hay que pagarlo.
El finiquito: lo que te tienen que pagar aunque te vayas
El finiquito es el documento con el que se liquidan las cantidades que la empresa te debe al terminar el contrato. En el lenguaje de la calle, «el finiquito» es también ese dinero.
La ley obliga a la empresa a prepararlo. El artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que el empresario, al comunicar la extinción del contrato, debe acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas. Y añade un derecho que mucha gente desconoce: puedes pedir que esté presente un representante legal de los trabajadores en el momento de firmar el recibo del finiquito.
Aunque te vayas por tu voluntad, e incluso aunque no hayas dado todo el preaviso, el finiquito incluye:
- El salario pendiente: los días trabajados en el último mes que todavía no te han pagado.
- La parte proporcional de las pagas extraordinarias que hayas generado y aún no hayas cobrado.
- Las vacaciones generadas y no disfrutadas.
- En su caso, el descuento por los días de preaviso no respetados, si tu convenio lo permite.
En el caso de Luisa, sus 10 días de vacaciones pendientes deben aparecer en la liquidación. Si quieres saber más sobre este punto, te contamos cuándo se pagan y cuándo se pierden en nuestro artículo sobre las vacaciones no disfrutadas en España.
Hay algo que el finiquito no incluye cuando dimites: la indemnización. La indemnización es una compensación por perder el empleo que se paga, por ejemplo, en algunos despidos. Cuando eres tú quien decide irse, no hay indemnización. Luisa no tendrá indemnización por dejar el hotel.
Antes de firmar, revisa la propuesta con calma. Comprueba los días, las pagas extra y las vacaciones. Si no estás de acuerdo con las cantidades, puedes firmar indicando «recibí, no conforme». Así dejas constancia de que has recibido el documento, pero no de que estés conforme con lo que dice. Sobre el valor de lo que firmas al irte, te puede interesar también nuestro artículo sobre si vale tu firma cuando renuncias a derechos laborales.
Dimisión y paro: lo que debes saber antes de irte
Esta es la parte en la que más conviene ir con cuidado. Para cobrar la prestación por desempleo, el paro, hay que estar en lo que la ley llama «situación legal de desempleo». Es la lista de situaciones en las que se considera que has perdido el trabajo sin quererlo: un despido, el fin de un contrato temporal y otras causas previstas en la normativa de Seguridad Social.
La baja voluntaria no es situación legal de desempleo. Dicho de otro modo: si dimites, no tienes derecho al paro por esa dimisión.
¿Y si Luisa se va a Madrid y no supera el periodo de prueba en el nuevo trabajo? En ese caso pierde un empleo distinto, en otra empresa. Para esas situaciones, la normativa de Seguridad Social establece reglas específicas sobre el acceso a la prestación. No conviene dar por hecho que vas a cobrar el paro, ni tampoco que no lo vas a cobrar: lo prudente es informarse antes de dimitir, con tu caso concreto delante.
Si tu decisión depende de saber qué pasaría con el paro en el peor escenario, consulta antes de entregar la carta. Una vez presentada la dimisión, puede ser tarde para cambiar de planes.
Cuándo no deberías dimitir: la extinción por incumplimiento de la empresa
Luisa se va porque ha encontrado algo mejor. Pero hay personas que quieren irse por otro motivo: la empresa no les paga, les paga siempre tarde o les ha cambiado las condiciones de trabajo de una forma que menoscaba su dignidad. En esos casos, dimitir puede ser un error.
Si te vas por un incumplimiento grave de la empresa, la vía adecuada no es la dimisión, sino pedir al juez la extinción del contrato. Lo regula el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, que incluye entre las causas justas para solicitarla:
«Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario»
La diferencia es enorme. Si el juez te da la razón, el contrato se extingue con derecho a la indemnización del despido improcedente y al paro. Si simplemente dimites, te vas sin indemnización y sin paro.
Hay un detalle importante: como regla general, mientras se resuelve la demanda tienes que seguir trabajando. Por eso no conviene tomar la decisión a la ligera ni dejar de ir al trabajo por tu cuenta. Si estás en esta situación, habla con Fernanda Vargas, abogada laboralista en Madrid, antes de mover ficha. En nuestra página de derecho laboral tienes más información sobre cómo puede ayudarte.
Y una advertencia: la dimisión no es una herramienta para presionar a la empresa. Si amenazas con irte para negociar y la empresa acepta tu dimisión, puede que no haya vuelta atrás.
Pasos para dimitir bien y qué poner en la carta
Si, como Luisa, has decidido irte, estos son los pasos para hacerlo bien:
- Revisa tu convenio colectivo y comprueba el preaviso que corresponde a tu categoría.
- Calcula la fecha de efectos, es decir, tu último día de trabajo, y valora si puedes cumplir el preaviso.
- Escribe la carta de dimisión y entrégala por escrito.
- Pide una copia firmada por la empresa o envíala por un medio que deje constancia de la fecha y del contenido.
- Pide la propuesta de liquidación y revísala antes de firmar.
- Si quieres, pide que esté presente un representante legal de los trabajadores al firmar el finiquito.
- Si no estás de acuerdo con las cantidades, firma «recibí, no conforme».
- Si te preocupa el paro o crees que la empresa ha incumplido gravemente sus obligaciones, consulta antes de entregar la carta.
La carta de dimisión no necesita fórmulas especiales. Basta con que sea clara. Este es el contenido mínimo que debería tener:
- Tu nombre completo y tu documento de identidad (DNI o NIE).
- Tu puesto o categoría profesional.
- El nombre de la empresa y, si quieres, del centro de trabajo.
- Una frase clara en la que comunicas tu decisión de dimitir de forma voluntaria.
- La fecha de efectos: el último día en que vas a trabajar.
- La petición de que te entreguen la propuesta de liquidación.
- La fecha de la carta y tu firma.
En el caso de Luisa, la carta podría decir, en esencia, que comunica su dimisión voluntaria como recepcionista del hotel, con efectos en la fecha de su último día de trabajo, y que solicita la propuesta de liquidación. No tiene que explicar que se va a Madrid ni por qué.
Cómo se resuelve el caso de Luisa
Luisa puede dimitir cuando quiera. No necesita que el hotel acepte su decisión. Entrega su carta por escrito y guarda una copia firmada.
Como su convenio exige 15 días de preaviso y ella solo puede dar ocho, el hotel podría descontarle del finiquito los días de preaviso no respetados, si su convenio lo prevé. Pero no puede negarse a pagarle el finiquito. Luisa tiene derecho a cobrar el salario de los días trabajados, la parte proporcional de las pagas extra y sus 10 días de vacaciones no disfrutadas.
No tendrá indemnización, porque se va por su voluntad. En cuanto al paro, dimitir no le da derecho a la prestación, y si no supera el periodo de prueba en el nuevo trabajo, el acceso tiene reglas especiales que conviene consultar antes de dar el paso.
Y si su motivo para irse hubiera sido un incumplimiento grave del hotel, dimitir habría sido un error: lo adecuado habría sido pedir la extinción del contrato por la vía del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
Preguntas frecuentes
¿Con cuántos días tengo que avisar si me voy?
Con los que fije tu convenio colectivo o, si el convenio no lo regula, con los que marque la costumbre del lugar. El Estatuto de los Trabajadores no establece un preaviso general para todos. Muchos convenios fijan plazos distintos según la categoría, así que revisa el que corresponde a tu puesto.
¿Qué pasa si me voy sin avisar?
Tu dimisión sigue siendo válida y el contrato se extingue. Si tu convenio lo prevé, la empresa puede descontarte de la liquidación el salario de los días de preaviso que no hayas respetado. Lo que no puede es dejar de pagarte el resto del finiquito.
¿Cobro el finiquito si dimito?
Sí. Aunque te vayas por tu voluntad, la empresa debe pagarte el salario pendiente, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las vacaciones generadas y no disfrutadas, con el descuento por falta de preaviso solo si tu convenio lo permite. Lo que no cobrarás es indemnización, porque la dimisión no la genera.
¿Tengo derecho a paro si me voy voluntariamente?
No por esa dimisión: la baja voluntaria no es situación legal de desempleo. Si después trabajas en otra empresa y pierdes ese empleo, por ejemplo por no superar el periodo de prueba, la normativa de Seguridad Social tiene reglas específicas para el acceso a la prestación. Infórmate antes de dimitir.
¿Puedo arrepentirme después de presentar la dimisión?
No siempre. Una vez comunicada y aceptada, la empresa no está obligada a aceptar que te retractes. Cuando la persona se ha retractado antes de la fecha de efectos, los tribunales han valorado cada caso de forma individual. Por eso conviene pensarlo bien antes de entregar la carta.
Si estás pensando en dimitir y quieres hacerlo sin perder dinero ni derechos, escribe a Fernanda Vargas por WhatsApp o reserva una cita en su Calendly. Revisará tu convenio, tu finiquito y tus opciones antes de que des el paso.
